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Te resolvemos las dudas más frecuentes sobre los ERTE

Te resolvemos las dudas más frecuentes sobre los ERTE

ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es sin duda la palabra más citada en estos días después de coronavirus. Es la fórmula a la que se han obligadas numerosas empresas en toda España para intentar salvaguardar el empleo y la actividad económica mientras dure el Estado de Alarma decretado por el Gobierno.

Según cifras de este lunes, 6 de abril, se han presentado más de 450.000 ERTEs que afectan a 2,7 millones de trabajadores, y lógicamente ya se habla de “avalancha” de expedientes. Ante tal situación sin precedentes, surgen muchas dudas de los trabajadores y las empresas, e intentamos responder las más frecuentes porque #UnidosSaldremosAdelante.

  • ¿Tengo derecho a prestación y cómo la tramito? La respuesta es sí, porque aunque no hayas cotizado lo suficiente, tienes derecho a cobrar la prestación tanto si el ERTE es por causa de fuerza mayor como por causas económicas, organizativas o productivas. Asimismo, no tendrás que realizar ningún trámite, porque se ocupará la empresa de gestionar las prestaciones correspondientes.
  • ¿Cuánto cobraré y cuál es la cuantía máxima? Los trabajadores percibirán el 70% de la base de los últimos 180 días durante los seis primeros meses y el 50% a partir del 6º mes correspondiente al % de inactividad y desde el día en que efectivamente te encuentres afectado. La cuantía máxima de la prestación sin hijos es de 1.098, 09 euros, y se puede cobrar a partir del día 10 del mes siguiente, aunque es probable que con el gran volumen tramitación de expedientes en el SEPE haya retrasos.
  • ¿Consumo paro? En ningún caso los ERTEs consumen prestación por desempleo, así que la denominada ‘bolsa de paro’ permanecerá intacta.
  • ¿Y si estoy de vacaciones? Si tu contrato se suspende por el ERTE durante el período de suspensión no se devengan vacaciones pero si la medida que se te aplica es de reducción de jornada se devengan y disfrutan a razón el % de parcialidad en activo.
  • ¿Si tengo incapacidad temporal me afecta? Durante el periodo de incapacidad temporal (IT) no estarás afectado por el ERTE con indiferencia de que el proceso de IT sea anterior o se produzca durante el mismo.

En este artículo intentamos resolverte todas las dudas y nuestros expertos están a la disposición de nuestros clientes y trabajadores para, con el esfuerzo de todos, superar esta crisis sanitaria y económica.